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¿Se acabará la educación privada? - El Diario Del Otùn - Julio 26 2016 - www.ciudadpereira.com



P. Álvaro de J. Ángel C.
Salesiano


Esta pregunta a quemarropa estoy seguro que puede crear malestar, escozor.  Pero es importante hacérsela y sobre todo tomar posición para defender lo que es un derecho. La constitución garantiza  como un deber del Estado la educación de los ciudadanos. Más aún es deber del Estado ofrecerle a todos la educación gratuita.



Aquí en Colombia se tiene como un logro ofrecer hasta el grado 9º.  Eso es nimio, eso es tacañería, eso es visión mediocre. La educación debe ofrecerse hasta alcanzar la profesionalización y el ciudadano se convierta en un constructor de patria cuando puede no solo generar conocimiento, sino sobre todo cuando genera  respuestas a las necesidades del pueblo y de la nación. El Padre de Familia o Acudiente tiene el derecho de educar a los suyos o en los colegios oficiales o en los colegios privados.  El asunto es que en el oficial cubre el Estado, pero en el privado es el Padre de Familia o Acudiente quien debe de su esfuerzo y sacrificio sacar adelante la formación de sus hijos.
Cuando se publican los mejores colegios del país en los periódicos y en las revistas: ¡cuáles y cuántos son los colegios del estado que aparecen punteando? Da vergüenza.



Qué quiere decir? Que no es política estatal mejorar la educación e invertir el mayor % del PIB en el futuro transformador de una nación. No se la juegan los  gobernantes.   ¿Y quiénes son los que sacan la cara por la educación en el país?  La educación privada.  Educación que ejercen particulares de diferentes orientaciones y entre ella de muchas comunidades religiosas que desde muchos años atrás en Colombia han ido aportando al crecimiento de las personas.  
 Pero las políticas estatales dictan jurisprudencia con la cual van arrinconando, menguando, debilitando, desprotegiendo la educación privada.



Pregunto: ¿Por qué los incentivos y premios los ofrece el Estado solamente a los colegios oficiales y jamás da algo a los colegios privados? ¿Por qué los margina? ¿Por qué los excluye? Y no saben los del Ministerio de educación y las Secretarías que también hay comunidades religiosas que tienen obras sociales y educan  chicos de estratos 1 y 2? Por qué entonces los estímulos y premios no se los dan también a los  privados sacan la cara por el nivel de educación en el  país y en el municipio? Por qué el reconocimiento es una nimia placa de madera y de lata?


¿Por qué el Ministerio de Educación Nacional, las secretarías de Educación Municipal y sus oficinas de Vigilancia y Control aprueban  porcentajes mínimos en las pensiones de 5% a colegios privados en el mes de diciembre y después sale el decreto el 26 de Enero que manda y  ordena  pagar  a los educadores el 8.9%? Ese hueco fiscal de 3.9% en millones para pagar  a los educadores que no estaba presupuestado de dónde se saca?  He ahí una estrategia maquiavélica para ir dándole duro a los privados.


Ya conocemos de varios colegios privados que han ido cerrando. El colegio de las hermanas de los Sagrados Corazones en pocas palabras quebró. 
Y  si por un lado están las decisiones estatales por el otro colabora la llamada cultura del no pago.  ¡Qué pesar que a los muchachos se les nieguen espacios  verdes amplios, salones aireados, laboratorios de vanguardia, etc. Un colegio salesiano en Barranquilla de 1.100 chicos, cierra las puertas para el 2017.



Una de las causas es que la falta de rectitud en la palabra para pagar sagradamente lo que es un deber, hicieron que disminuyese de alumnos (muchos se iban sin pagar al concluir el año) y al ver la no viabilidad financiera se tomó la decisión de cerrar. Cuántos que se van de vacaciones, pasajes aéreos nacionales y extranjeros y el deber de pagar el colegio del hijo de último (tengo pruebas).  
Las comunidades religiosas son entidades sin ánimo de lucro. Es decir del ejercicio educativo  no pueden buscar enriquecerse, lucrarse, eso está tipificado por  el mismo derecho canónico, es controlado.



Deben ser entidades al servicio de las comunidades y de las personas. Y si son entidades sin ánimo de lucro, el excedente que haya generado el ejercicio fiscal del año lectivo, debe presentar el plan de Mejoramiento para ejecutar al año siguiente. Si no se hace, las mismas sedes centrales de las Congregaciones pueden recoger el dinero y llevárselo para invertirlo en otras obras sociales de ellas.


Es decir, las comunidades religiosas son entidades sin ánimo de lucro personal, pero tampoco entidades sin ánimo de pérdida, porque o funcionan financieramente o se convierten en un cementerio más.


Qué triste: el lugar donde se escuchaban las risas, los rostros alegres por un gol, por una cesta, por un partido ganado, por  una cometa elevada, por un resolución tenaz de un ejercicio de cálculo que dejó al profe Abraham (calvo él) con los pelos de punta de la soltura y rapidez de su brillante alumno. ¿En manos de quién está la decisión de apoyar a los muchachos en las palestras de entrenamiento?