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Lupa a entidades sin ánimo de lucro - El Diario Del Otùn - Septiembre 29 2015 - www.ciudadpereira.com

Juan M. Toro M.
El Diario del Otún


Por la falta de control estatal a través de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) y de vacíos legales de la legislación actual, existe una proliferación de las entidades sin ánimo de lucro (ESAL) que gracias a la finalidad para la que fueron creadas, obtienen beneficios tributarios y las imposibilita de ser contribuyentes de impuestos.

Así lo determinó el segundo informe de la Comisión de Expertos Tributarios que analiza el sistema tributario del país con el fin de entregar un insumo base al Gobierno nacional para la construcción de una reforma tributaria estructural. Se propone un filtro o depuración de las ESAL donde se determine que no hacen parte de este tipo de actividad y que además se les aplique la tributación ordinaria. 
 

Especificaciones
En Colombia aparecen 54.933 firmas sometidas al régimen tributario especial (RTE) tales como las asociaciones, fundaciones (ONG), cooperativas, corporaciones, fondos de empleados, club social o deportivo, empresa asociativa de trabajo y las cajas de compensación.


En el caso de los no contribuyentes, se destacan las actividades relacionadas con la salud, educación, religiosos, propiedad horizontal, asociaciones de padres de familia, Defensa Civil y bomberos, asociaciones de exalumnos, administración pública, juntas de acción comunal, fondos mutuo común y valores, sindicatos, sociedad de mejoras públicas, Cruz Roja, cabildos indígenas, fondos de pensiones y cesantías, fondos de pensionados y partidos políticos que dan en total 16.729.

Para pertenecer al RTE se requiere cumplir las condiciones como la constitución jurídica como ESAL, que desarrollen actividades de interés general, que la comunidad tenga acceso a sus servicios y que su objeto social principal y recursos se destinen a actividades como salud, deporte, educación formal, cultura, investigación     científica o tecnológica, ecología, protección ambiental o desarrollo social.

El cumplimiento de lo anterior les permite tener derecho a dos beneficios sustanciales: la exención del impuesto sobre la renta de los excedentes que destinen al cumplimiento de su objeto social y una tarifa del 20 % cuando resulten excedentes agravados. 
Aquí la comisión propone una tarifa única del 20 % sobre el excedente fiscal (renta líquida gravable) y limita los pagos a fundadores y administradores de las ESAL.


Según el informe de la comisión, el sistema actual es laxo y sin falta de control de la administración tributaria. “Es posible que se distribuyan utilidades indirectamente. No  tienen  control  patrimonial en tanto que están excluidas de renta presuntiva, determinación del impuesto sobre la renta por comparación patrimonial y la mayoría, del impuesto de riqueza, con lo cual acumulan sus excedentes de manera indefinida”, dice el estudio.

Oposición
La Confederación de Cooperativas de Colombia (Confecoop), la Asociación de Cooperativas de Colombia (Ascoop), la Asociación Nacional de Fondos de Empleados (Analfe) y la Confederación de Mutualidades de Colombia (Conamutual) propusieron que se mantenga un régimen tributario especial que contemple en forma sistemática el tratamiento de las organizaciones de la economía solidaria frente al impuesto de renta.


Mediante una comunicación conjunta explicaron que estas entidades pagan todos los impuestos regionales y nacionales, además del aporte del 20 % de los excedentes de cooperativas y mutuales para financiar la educación formal por lo que a su juicio se desvirtúa la postura de que son entidades que no pagan impuestos.

“Cuestionamos la recomendación errónea que propone la comisión de que simplemente, las cooperativas y formas solidarias estén sujetas al régimen tributario aplicable a las sociedades limitadas, sin perjuicio de evaluar si deben tener una tarifa reducida. Colombia necesita un régimen tributario cooperativo y solidario que esté acorde con el momento histórico que vivimos”, señalaron.

Cifras
71.662 Entidades sin ánimo de lucro existen hoy día en el país.

$200.000 Millones sería el recaudo adicional si se reforman  las ESAL.