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Espacio público espera decreto municipal - El Diario Del Otùn - Septiembre 18 2017 - www.ciudadpereira.com

La ocupación indebida del espacio público, es una de las principales problemáticas en Pereira, especialmente en la zona céntrica, donde abundan los vendedores informales.

El nuevo Código de Policía y Convivencia, establece unas conductas y unas multas por hacer mal uso del espacio público. Este le permite a las autoridades implementar medidas en busca de controlar la sobreocupación.

Desde la Secretaría de Gobierno de Pereira, mencionaron que el nuevo decreto amparado en el vigente Código de Policía y Convivencia Ciudadana, buscará que los vendedores informales y estacionarios cumplan con los requisitos mínimos de ley para realizar un uso adecuado del espacio público pereirano. 

En la capital risaraldense existe el Registro Único de Vendedores Informales de Pereira (Ruvip), a través del cual se tienen identificados los comerciantes informales que cuentan con autorización para ejercer su función en el espacio público.

Pero la problemática, no solo tiene que ver con los vendedores informales, también hay otras conductas contrarias como por ejemplo, la contaminación visual.

Este tipo de acciones son comunes en la ciudad y según denuncia la ciudadanía, en muchos casos la propaganda se queda pegada durante mucho tiempo, sin que nadie los quite una vez realizado el evento que se promociona.

Igualmente desde el despacho de Gobierno, afirmaron que “la legalidad, pertenencia y redacción del nuevo decreto, implica una revisión de los procesos y procedimientos que son utilizados por los controladores y la Policía Nacional, quienes en últimas son el organismo autorizado para realizar incautaciones y demás trámites relacionados”. 
 

Sanciones
El artículo 140 del nuevo código, establece los comportamientos contrarios al cuidado e integridad del espacio público.


Dentro de este artículo, el numeral 4 señala que “ocupar el espacio público en violación de las normas vigentes”. Ir en contra de esta conducta produce una multa tipo 1 ($ 98.362). Hay que tener presente que cuando esta violación se haga dos o más veces, las autoridades además de la sanción, podrán realizar el decomiso o destrucción del bien con el que se incurra en esa ocupación indebida.

En el numeral 6 de este artículo se menciona que “promover o facilitar el uso u ocupación del espacio público en violación de las normas y jurisprudencia constitucional vigente”. Esta contravención acarrea una multa tipo 4, es decir $ 786.898.

También esta el numeral 9: “Escribir o fijar en lugar público o abierto al público, postes, fachadas, antejardines, muros, paredes, elementos físicos naturales, tales como piedras y troncos de árboles, de propiedades públicas o privadas, leyendas, dibujos, graffiti, sin el debido permiso, cuando éste se requiera o incumpliendo la normatividad vigente”. La multa por este incumplimiento es de tipo 2 ($ 196.724).

El numeral 12 “fijar en espacio público propaganda, avisos o pasacalles, pancartas, pendones, vallas o banderolas, sin el debido permiso o incumpliendo las condiciones establecidas en la normatividad vigente”. Esto conlleva una multa especial por contaminación visual.


Destacado
La informalidad en Pereira durante el último trimestre móvil del 2017, se ubicó en el 57,7 %, es decir  que 146.155 personas están en la informalidad.

Más opciones
Vendedores informales consultados por este medio de comunicación, aseguran que son pocas las opciones que brinda la administración municipal, para abandonar las ventas ambulantes.

Ellos solicitan más medidas como el capital semilla, con el fin de encontrar un trabajo productivo dentro de la formalidad.

Sin embargo, señalar que muchos de los comerciantes informales que han recibido capital semilla en el pasado, han vuelto a las ventas ambulantes.