
Juan Manuel Toro Monsalve
Periodista El Diario / La Tarde
Los trabajadores del servicio doméstico, choferes de servicio familiar y las personas que trabajan en fincas o por días, tienen derecho al pago de la prima de servicios tras la sanción de la Ley 1788 de 2016 el pasado 7 de julio, según lo indicó un análisis del Observatorio Laboral de la Universidad del Rosario.
Las personas que contratan trabajadores por días o semanas para el aseo de sus casas, por citar un ejemplo, están obligadas a pagarles la prima de servicios sumado a las prestaciones que ordena la ley: auxilio de transporte , cesantías, vacaciones, caja de compensación y aportes a pensión, salud y riesgos laborales, explicó Iván Daniel Jaramillo, investigador del observatorio.
La inclusión de la prima de servicios en los derechos de los trabajadores domésticos deriva de la ratificación del Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo y la exhortación de la sentencia C-871 de 2014 para implementar políticas públicas hacia la universalización del pago de la prima de servicios.
Según el académico la prima de servicios es una prestación social a cargo del empleador que corresponde al pago de 15 días por semestre laborado o proporcionalmente; se pagará el 30 de junio y durante los primeros 20 días de diciembre directamente al trabajador.
“Debe pagarse a las trabajadoras del servicio doméstico, choferes de servicio familiar y a quienes laboran por días o en fincas y que con anterioridad no tenían derecho por no prestar sus servicios a unaempresa ”, señaló el experto.

¿Cómo funciona?
Una persona que gana un salario mínimo en el año 2016 , es decir $ 689.455 al mes, tiene derecho a prima por $ 383.578 que se deben pagar el 30 de junio y a más tardar el 20 de diciembre.
“Se trata de una reivindicación histórica que corrige el déficit de protección en materia laboral de los 750.000 trabajadores del servicio doméstico y el reconocimiento del valor que deriva de este servicio en la generación de ingresos y las labores de cuidado al interior del grupo familiar”, acotó.
Para el caso en que un trabajador devengue el salario mínimo y trabaje un día a la semana, le corresponderá un pago proporcional de la prima de servicios. Es común en Colombia que las personas contraten a un trabajador o trabajadora para que preste servicios de aseo a las viviendas una vez a la semana; según Jaramillo, la prima de servicios a pagar en este caso será de $ 110.727.

Avances
Con la expedición del Decreto 2616 de 2013 (afiliación de trabajadores dependientes por semanas) y el Decreto 721 de 2013 (acceso al subsidio familiar), se avanzó en facilitar a los trabajadores domésticos los beneficios de la seguridad social, según lo explicado desde el Ministerio de Trabajo.
A febrero de 2016, más de 19.000 personas cotizan a seguridad social de acuerdo a sus ingresos. Y según la Superintendencia de Subsidio Familiar a marzo de 2016, el número de trabajadores del servicio doméstico afiliados a las cajas de compensación familiar ascendió a más de 104.000 personas.