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- ¿Dónde pagar las multas del código? - El Diario Del Otùn - Enero 19 2017 - www.ciudadpereira.com

Las administraciones municipales son las encargadas de disponer la estructura administrativa para el cobro y recaudo de dineros que por concepto de multas se causen, así esta estipulado en el artículo 185  de la Ley 1801 de 2016.

Esto significa que en Pereira es la Alcaldía la que debe determinar cómo y dónde se debe hacer el pago de las sanciones económicas que están en el nuevo código.

La administración municipal no ha determinado el o los puntos de pago de las multas, sin embargo la decisión estaría lista para la entrada en vigencia del código, que será el próximo 31 de enero.

Esta situación se está presentando en varias ciudades del país, las cuales todavía no están preparadas para la implementación del cobro de las sanciones.

Las secretarías de Hacienda de cada municipio deben crear una cuenta con destinación específica donde irán a parar los dineros que recauden, para posteriormente ser invertidos en los aspectos que determina el código.

Por ejemplo, el 60 % de lo captado debe ser invertido en pedagogía sobre los temas de convivencia, porque esa es la finalidad del nuevo código, el respeto por los demás.

También hay que tener en cuenta que ciertas conductas igualmente tienen sanción económica y se cobrarían a través de las facturas de servicios públicos.

Este sería el caso por hacer llamadas bromistas a las líneas de emergencia, especialmente la 1-2-3.