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Consumidores ahora con más derechos - El Diario del Otún - Agosto 14 2011


Erwin Pachón Ortiz
@ErwinPachon

Reglas claras para los proveedores y más derechos para el consumidor, son las características del nuevo Estatuto del Consumidor que entrará en vigencia en seis meses en todo el país.

La iniciativa busca garantizar una adecuada relación entre el proveedor y los consumidores, más aún cuando el último retoque a la norma se realizó hace casi 30 años.
Para la superintendencia de Industria y Comercio, con la nueva ley, Colombia se pone a la vanguardia de los estatutos al consumidor presentes en países desarrollados como Estados Unidos y algunos de Europa.

procedimientos

La nueva reglamentación señala procedimientos más simples de reclamos y denuncias, hay más derechos para la persona que está adquiriendo un bien, se definen mayores responsabilidades en el proveedor cuando un producto sale defectuoso y se regula la letra pequeña de los contratos.

Este nuevo marco legal también es un avance en cuanto a los actores reguladores del Estado, pues gracias al nuevo Estatuto del Consumidor, la Superintendencia de Industria y Comercio pasa a ser la “autoridad primaria, matriz o madre” de la protección al consumidor en Colombia, situación que le permite a la entidad entrar en sectores de la economía que antes no eran tenidos en cuenta como la salud, servicios públicos, aeronáutica, entre otros.

Publicidad

Uno de los puntos relevantes de la norma está concentrado en el tema de la publicidad, que establece que el proveedor de un bien o servicio que haga publicidad de su oferta asume la responsabilidad de lo que en ella se dice, esto con el fin de que no se engañen a los consumidores ni los induzcan en error.

Por tanto, el anunciante deberá responder por todos los daños y perjuicios que cause si su publicidad no corresponde con la realidad.

Igual tratamiento se dará a las promociones y ofertas especiales, las cuales deberán informar adecuadamente todas las condiciones, restricciones y requisitos para acceder a ellas.

Regulación

Otra de las novedades es el derecho de retracto en todas las relaciones de consumo en que se vendan bienes o servicios financiados directamente por el productor o expendedor, lo que significa que los consumidores podrán reflexionar y arrepentirse de una relación de consumo, cuando estas fueron realizadas en situaciones especiales, tales como las ventas a distancia (televentas), las ventas financiadas o las ventas usando mecanismos no tradicionales por fuera del local de comercio.

electrónico

Entre las principales novedades se encuentra el régimen de comercio electrónico, que es importante porque obliga a los proveedores de este sector a informar mucho más cosas de las que actualmente hace cuando ofrece un producto en la web, los obliga a establecer mecanismos eficientes para hacer reclamos y devoluciones.

La responsabilidad de los proveedores por un bien o servicio defectuoso o daño producido también se mejoró en el estatuto, esto significa que el proveedor no solo responderá por el valor del producto, sino también por los costos que genere su afectación a la salud o seguridad del consumidor.

Reclamos
En nuevo Estatuto del Consumidor establece un procedimiento mucho más ágil para solucionar los asuntos relacionados con reclamos (deseo del consumidor de que se le devuelva su dinero o se le cambie el producto) y denuncias (interés de que se sancione al proveedor).

Además de que los pasos a cumplir para este tipo de acción serán más simples, los consumidores tienen derecho a acudir directamente al proveedor, y este último está obligado a pronunciarse al respecto y solucionar el problema del cliente antes de que se cumplan los 15 días de haberse hecho formalmente el reclamo.
Sanciones
Anteriormente, el techo de las sanciones a proveedores era de 1.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes, cifra que con el nuevo Estatuto del Consumidor pasa a 2.000.